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Por fuera de la ley: Santiago Passaglia no podrá asumir como intendente de San Nicolás

El dirigente de Juntos por el Cambio aún no tomó licencia de su cargo en la legislatura bonaerense. Según la Ley de Municipalidades ambas funciones son incompatibles. Así lo advirtió la presidenta del bloque de concejales de Unión por la Patria de San Nicolás, Cecilia Comerio, durante la sesión realizada este miércoles.

“Este bloque tomó conocimiento que el intendente electo, Santiago Passaglia, aún no tomó la licencia correspondiente en la cámara de Diputados provincial, con lo cual entendemos que aún pertenece a ese cuerpo”, indicó la presidenta del bloque de Unión por la Patria, Cecilia Comerio, pidiendo algún tipo de aclaración al bloque passaglista.

“No quisiéramos llegar a la asunción del intendente electo y que se cometa un acto que esté por fuera de la ley”, afirmó Comerio, que con su declaración tomó por sorpresa al Bloque de Juntos por el Cambio que inmediatamente solicitó un cuarto intermedio.

Una vez finalizado el cuarto intermedio desde el Bloque oficialista afirmaron que “efectuadas las consultas de rigor no existe ningún tipo de incompatibilidad para tomar juramento al intendente electo a partir del 15 de diciembre”.

Comerio volvió a insistir con que existe dicha incompatibilidad y pidió el compromiso del bloque oficialista que “previo a llegar a la sesión extraordinaria donde asuma oficialmente el intendente se entregue la documentación a este bloque que acredite que no existe esa incompatibilidad, si no estaríamos avalando una situación de plena ilegalidad y este bloque no va a ser cómplice”.

Finalmente, el bloque Unión por la Patria se abstuvo en la votación del proyecto para realizar la sesión extraordinaria el próximo viernes donde se prevé que tomará juramento Santiago Passaglia. Por su parte, el proyecto fue aprobado por la votación de Juntos por el Cambio y La Libertad Avanza.

Comerio fundamentó su declaración basándose en el artículo 7 de la Ley Orgánica de Municipalidades donde figura la incompatibilidad de funciones. Allí se expresa que “las funciones de Intendente y Concejal son incompatibles con las de Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Miembros de los Poderes Legislativo o Judicial, Nacionales y Provinciales”.

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