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La Corte provincial embargó a Manuel Passaglia por las obras en el «Parque Aguiar»

La Corte multó al intendente de San Nicolás Manuel Passaglia. Pese a una cautelar, este siguió con la construcción de un puente para vehículos en una reserva.

La Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires aplicó una dura multa y dictó el embargo temporal del sueldo del intendente de San NicolásManuel Passaglia por desobedecer una medida cautelar que le impide avanzar con una obra de pavimentación dentro de la reserva natural “Parque Aguiar”.

Es que el intendente hizo caso omiso a las resoluciones del máximo tribunal en favor de la ONG ambientalista FOMEA que declara inconstitucional a algunos de los artículos de la ordenanza del nuevo Código Urbano Ambiental y obliga a su no aplicación hasta tanto se dicte sentencia definitiva.

En concreto, la medida prohíbe al Municipio de San Nicolás avanzar con la construcción de un puente de acceso vehicular a la zona insular y los caminos que conducen a las playas conocidas como “Barranquitas” y “El Arenal”. Además ordena la clausura de las obras y el retiro de “todas las máquinas viales, automóviles, camiones y cualquier clase de equipamiento afectado a las labores” según expresa la resolución.

En los hechos, el Municipio continuó con las labores y fue denunciado con material fotográfico y audiovisual por parte de la organización ambiental.

En ese marco, solo queda a salvo de la prohibición el tránsito peatonal que está autorizado a circular dentro del parque. Pero en los hechos, el Municipio continuó con las labores y fue denunciado con material fotográfico y audiovisual por parte de la organización ambiental.

Las denuncias ambientalistas y la defensa del Municipio

En una primera denuncia, FOMEA expresó que el Municipio de San Nicolás “lo único que se cumple actualmente es la prohibición del cruce automotor al sector islas” pero aclara que, no obstante, “el puente vehicular permanece operativo y que por allí circulan vehículos municipales y provinciales; hecho que, según su parecer, posibilita que clandestinamente ingresen máquinas al sector insular» y se “ejecuten obras en zonas que no son visibles desde los caminos existentes”.

La situación fue negada por un apoderado legal del Municipio. Ante las autoridades judiciales, sostuvo que la comuna “se encuentra cumpliendo el remedio cautelar ordenado” y asegura que las imágenes presentadas “sólo evidencian la permanencia en el lugar de un tractor y una maquinaria, como equipamiento necesario para efectuar regado y tareas de mantenimiento”.

El Municipio volvió a rechazar los planteos y afirmó que la nueva Costanera Alta “generará un gran beneficio a la circulación vehicular, descongestionará arterias de la zona y brindará mayor seguridad a los vecinos con una iluminación de avanzada” y presentó como fundamento un pedido para conectar el camino principal existente en la Isla Ballesteros con el campo de deportes del Club de Regatas.

A sus denuncias, FOMEA sumó luego un expediente administrativo por los caminos terraplenes construidos por el municipio que “son ilegales porque no cuentan con la autorización de la Autoridad del Agua (ADA)”.

También realizó una nueva denuncia, con fecha del 31 de agosto, en la que expone que el municipio “ha ingresado una retroexcavadora y realizado movimientos de suelo en la zona de bosques nativos, donde en un solo día se habría construido un muelle ilegal para el acceso de vehículos y maquinarias”. En su defensa, el Municipio nuevamente adujo que se tratan de tareas de “mantenimiento”.

San Nicolás: Embargan el sueldo del Intendente por daños a una reserva natural.

Los fundamentos de la Suprema Corte

Para la Suprema Corte, la medida cautelar explicitaba que la Municipalidad de San Nicolás “debía detener las actividades u obras que se hubieren autorizado o se estuvieran emprendiendo bajo el amparo de las normas de aquel cuerpo normativo cuyos efectos fueron suspendidos”

Aunque la Corte acepta la “presencia de un equipamiento mínimo siempre y cuando se halle destinado exclusivamente al mantenimiento del lugar y a garantizar la seguridad de los ciudadanos”, insiste en que la cautelar “es precisa en sus términos y alcances”.

La Corte multó al intendente de San Nicolás Manuel Passaglia. Pese a una cautelar, siguió con la construcción de un puente para vehículos en una reserva.

En ese sentido, advierte que con el material fotográfico presentado por la asociación civil y los propios dichos del Municipio “surge que la demandada ha desoído la protección preventiva adoptada por este Tribunal en tanto ha permitido la prosecución de trabajos en zonas tuteladas por la decisión adoptada en este pleito”.

Pero aclara que la presunta clandestinidad de obras en terraplenes o la habilitación de un camino de acceso al Club de Regatas “exceden el objeto de este litigio”.

Las sanciones al Municipio de San Nicolás

En la parte resolutiva, la Suprema Corte bonaerense intima al Municipio San Nicolás para que dé inmediato cumplimiento a la cautelar y concrete la paralización de las obras o trabajos.

Además ordena la “clausura de las obras ejecutadas y que se estén ejecutando en los sitios alcanzados por la tutela” y el retiro de “todas las máquinas viales, automóviles, camiones y cualquier clase de equipamiento afectado a las labores”.

Finamente decide aplicar una multa al intendente de San Nicolás, Manuel Passaglia, equivalente a dos (2) Jus – cada jus $17.910 pesos- por cada día de retardo, medida retroactiva al 16 de mayo de 2023, lo que se traduce en un monto superior a los 2 millones de pesos.

Para ello, piden al Banco de la Provincia de Buenos Aires la apertura de una cuenta judicial en pesos y cumplido el trámite “se procederá al embargo sobre la parte disponible a ese fin de los haberes correspondientes al señor Intendente Municipal de San Nicolás” expresa.

La Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires aplicó una dura multa y dictó el embargo temporal del sueldo del intendente de San Nicolás, Manuel Passaglia

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