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El Gobierno oficializó el bono para jubilados y el aumento de 100% en AUH

Ambas medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial mediante los decretos 116 y 117, firmados por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Nicolás Posse; y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

A través del Boletín Oficial, este martes el Gobierno nacional oficializó el otorgamiento de «una ayuda económica previsional» de 55.000 pesos que se abonará este mes a quienes perciben la jubilación mínima, así como también el incremento del 100% en el monto de
la Asignación Universal por Hijo (AUH).

Ambas medidas fueron publicadas mediante los decretos 116 y 117, firmados por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Nicolás Posse; y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello. La ayuda económica de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) se abona este mes.

En cuanto a los fundamentos, desde el Gobierno señalan que fue tomada debido a “la grave situación socioeconómica que atraviesa nuestro país que ha ocasionado, entre otras cuestiones, un alza acelerada del índice de precios, con especial incidencia en los adultos mayores de menores ingresos, para quienes es necesario acudir a su sostenimiento”.

Sobre el bono a jubilados, se precisó que será para quienes perciban un monto menor o igual a $105.712,61 la ayuda será equivalente a $55.000. Mientras que para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al monto de $105.712,61, la ayuda será igual a la suma necesaria hasta alcanzar el tope de $160.712,61.

En ese sentido, se detalla que serán beneficiados quienes sean titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Anses, otorgadas en virtud de la Ley 24.241, sus modificatorias y complementarias, de regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados.

También lo recibirán quienes cobrar por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto Nº 160/05″.

La medida alcanza a «las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus modificatorias; a las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables».

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