“El Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, en lo que respecta a la jurisdicción notarial y administrativa normada, es una clara violación a las disposiciones contenidas en los arts. 1, 16, 18, 29, 75 inc. 12, 108, 116 y 121 y concordantes de la Constitución Nacional”, aseveraron desde la entidad nicoleña mediante un comunicado conjunto con el Colegio provincial. E instaron a “reconocer el rol esencial de los abogados”.
El Colegio de Abogados de San Nicolás, en un comunicado conjunto con el Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires, manifestó su enérgico repudio a los proyectos de sucesiones notariales y divorcio administrativo, incluidos en la ley “ómnibus” que el Gobierno de Javier Milei presentó días atrás en el Congreso, considerando que su sanción resultaría perjudicial a los intereses de los justiciables.
“El Estado, como Estado de Derecho, basa su existencia misma en una norma fundamental y fundante, como expresión de la organización jurídica de la Nación. Y naturalmente, en la observancia de sus prescripciones. El Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, en lo que respecta a la jurisdicción notarial y administrativa normada, es una clara violación a las disposiciones contenidas en los arts. 1, 16, 18, 29, 75 inc. 12, 108, 116 y 121 y concordantes de la Constitución Nacional”, aseveraron mediante el comunicado.
“Así como se dispone, se veda la posibilidad de llegar al dictado de una sentencia judicial, declaratoria de herederos o aprobación de un testamento, con la previa intervención del Ministerio Público (Agente Fiscal, y eventualmente, Asesor de incapaces)”, criticaron.
Bajo esa línea argumental, significaron que la previsión constitucional (art. 121 C. Nacional) de las provincias respecto del Estado federal, de reservar para sí la “habilitación profesional” o poder de policía profesional, impide a cualquier diplomado ejercer su profesión universitaria, sin la previa autorización provincial.
“Ponemos énfasis en los mentados procesos para concluir que van más allá de la simple disolución de un matrimonio, la posibilidad de contraer nuevas nupcias o una inscripción rápida de una declaratoria de herederos. Implica una serie de consideraciones legales que ejercen un impacto significativo en la vida de las personas, como de su eventual descendencia, familiares, terceros involucrados y hasta sus propios deudores”, señalaron y agregaron: “En este contexto, es fundamental reconocer el rol esencial de los abogados, quienes proporcionan información crucial mediante la asistencia jurídica, apoyo emocional y la capacidad de mediar en la resolución de conflictos legales. Esto es la construcción de valor que realiza el abogado a la sociedad en su conjunto y en su ejercicio profesional, garantizando el respeto de los derechos de todos los involucrados, especialmente de las personas más vulnerables”.
Y advirtieron que “es necesario destacar el concepto de prevención de daños irreparables, puesto que una solución económica en el corto plazo puede convertirse en un costoso proceso legal en el futuro. Para proteger los derechos de las personas en situaciones de vulnerabilidad y abordar las desigualdades que persisten, es imperativo contar con la intervención de la Justicia especializada (juez natural). Esto debe ir de la mano con el patrocinio legal adecuado y la colaboración de equipos multidisciplinarios que puedan brindar apoyo integral”.
En ese marco, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, con apoyo de sus colegios parte, expresó “su más enérgico repudio” al proyecto de ley 0025-2023 (“Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos), al tiempo que hace un llamado al Poder Ejecutivo “para que cumpla con su función de manera adecuada, respetando la división de poderes que es esencial en nuestro Estado de Derecho”.
Además, insta a los Sres. Legisladores a la convocatoria de juristas, profesionales del derecho y de la abogacía en general “con el objeto de abrir el análisis y debate, dotando de especialidad al mismo y nutriéndolo de legalidad y pluralidad de voces que tan magna reforma exige”.
A su vez, la Federación Argentina de Colegios de Abogados, que preside José Luis Lassalle, expresó su total rechazo a los artículos 352 (referido a los divorcios administrativos) y el Anexo IV titulado “Ley de Procesos Sucesorios No Contenciosos” que implica el traspaso de los procesos sucesorios y divorcios de la órbita judicial a sede administrativa.
“La pretendida desregulación atenta contra la seguridad jurídica y el interés de la ciudadanía, que no es otro que actuar en base a la certeza y legitimación de sus derechos reconocidos por los jueces y juezas únicos investidos de facultades jurisdiccionales, so pretexto de abaratar costos lo que constituye una verdadera falacia”, agregó la Federación en un comunicado.
De igual modo, “advertimos que la sustracción de materia proyectada que es propia de la abogacía, significa una franca violación de normas constitucionales y convencionales en materia de derechos humanos”, agregó.
Por ese motivo “desde la abogacía organizada de todo el país instamos a los señores legisladores a desechar el proyecto de ley cuestionado resguardando de tal modo el interés general”, finalizó la Federación.